El cabildo de Monterrey aprobó reformar el Reglamento de Tránsito del municipio para que se puedan mover vehículos que hayan participado en percances viales menores.
La intención es agilizar la movilidad en calles y avenidas de esta capital, al reformar los artículos 139 y 140 de la mencionada normativa.
Esta reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y la Dirección de Tránsito tiene un plazo de 30 días para emitir un manual o guía práctica en torno a esta modificación al reglamento.
Cabe aclarar que sigue vigente que sólo el oficial de Tránsito que atiende el hecho puede disponer el retiro de los automotores involucrados, pero con la excepción (artículo 140 bis) de que si el evento ocurre en alguna avenida principal o de alto flujo y sólo existan daños materiales, los involucrados podrán moverse.
El alcalde Adrián de la Garza recordó que antes, deberán capturar fotografías o videos de la colisión y siempre y cuando los vehículos estén en condiciones de circular y que no haya lesionados ni alguno de los conductores se encuentra bajo los influjos de sustancias prohibidas.
“Se expedirá un protocolo por parte de Tránsito para establecer qué debe contener la fotografía y el video, como la placa, la posición de los vehículos, la ubicación donde están.
"Obviamente los podrán mover de forma inmediata, sin ninguna sanción por parte del tránsito, o sea, estarán autorizados para hacerlo”, detalló.
Si alguno de los participantes en el siniestro se retira del lugar, se hará acreedor a una multa grave.
La intención es agilizar la movilidad en calles y avenidas de esta capital, al reformar los artículos 139 y 140 de la mencionada normativa.
Esta reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y la Dirección de Tránsito tiene un plazo de 30 días para emitir un manual o guía práctica en torno a esta modificación al reglamento.
Cabe aclarar que sigue vigente que sólo el oficial de Tránsito que atiende el hecho puede disponer el retiro de los automotores involucrados, pero con la excepción (artículo 140 bis) de que si el evento ocurre en alguna avenida principal o de alto flujo y sólo existan daños materiales, los involucrados podrán moverse.
El alcalde Adrián de la Garza recordó que antes, deberán capturar fotografías o videos de la colisión y siempre y cuando los vehículos estén en condiciones de circular y que no haya lesionados ni alguno de los conductores se encuentra bajo los influjos de sustancias prohibidas.
“Se expedirá un protocolo por parte de Tránsito para establecer qué debe contener la fotografía y el video, como la placa, la posición de los vehículos, la ubicación donde están.
"Obviamente los podrán mover de forma inmediata, sin ninguna sanción por parte del tránsito, o sea, estarán autorizados para hacerlo”, detalló.
Si alguno de los participantes en el siniestro se retira del lugar, se hará acreedor a una multa grave.